Las criptomonedas pueden ser lo más innovador de tu cartera, pero para la Agencia Tributaria son algo muy tradicional: un bien más cuyo beneficio tributa. La mala noticia es que la fiscalidad cripto española tiene trampas que pillan a miles de contribuyentes cada campaña; la buena, que con los conceptos claros se gestiona sin sustos. Esta guía es el mapa completo; para la mecánica casilla a casilla tienes la guía de cómo declarar criptomonedas en el IRPF.
El principio general: tributas al transmitir, no al comprar
En el IRPF, las criptomonedas generan ganancias y pérdidas patrimoniales cuando se transmiten. Comprar y mantener no tributa; mover cripto entre tus propias wallets tampoco. Lo que sí tributa (o computa) es:
| Operación | ¿Tributa? | Cómo |
|---|---|---|
| Comprar cripto con euros | No | — |
| Mantener (hold), suba lo que suba | No | — |
| Transferir entre wallets propias | No | Guarda pruebas de titularidad |
| Vender cripto por euros | Sí | Ganancia/pérdida patrimonial (base del ahorro) |
| Intercambiar cripto por cripto | Sí | Permuta: ganancia/pérdida al valor de mercado |
| Pagar bienes o servicios con cripto | Sí | Transmisión: como una venta |
| Recompensas de staking | Sí | Rendimiento del capital mobiliario (base del ahorro) |
| Airdrops | Sí | Ganancia patrimonial (en general, base general) |
| Minería | Sí | Actividad económica (caso aparte) |
La que más sorprende es la segunda fila tributable: el cripto-cripto tributa. Cambiar bitcoin por ether es, fiscalmente, vender bitcoin al precio de mercado de ese momento. Muchos traders de altcoins descubren en abril que generaron decenas de hechos imponibles sin haber visto un euro.
Cuánto se paga: tramos del ahorro en 2026
Las ganancias por transmisión de cripto van a la base imponible del ahorro, con esta escala progresiva:
| Tramo de ganancia | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 30% |
Es progresiva por tramos: una ganancia de 10.000 euros paga el 19% por los primeros 6.000 y el 21% por los 4.000 restantes (1.980 euros en total, un tipo efectivo del 19,8%).
FIFO: la regla que decide tu factura
Cuando vendes parte de tus monedas, ¿cuáles has vendido, las que compraste baratas o las caras? Hacienda no te deja elegir: se aplica FIFO (first in, first out): se consideran transmitidas primero las adquiridas antes, por criptomoneda homogénea y considerando todas tus wallets y exchanges en conjunto.
Ejemplo: compraste 1 BTC a 20.000 en 2023 y 1 BTC a 60.000 en 2025. Si vendes 1 BTC a 70.000, tu ganancia fiscal es 50.000 (70.000 − 20.000, el primero que entró), no 10.000. FIFO convierte el histórico completo de operaciones en imprescindible — y es la razón por la que las herramientas de tracking fiscal se pagan solas.
Staking, airdrops y otros ingresos
No todo son compraventas:
- Staking: las recompensas son rendimientos del capital mobiliario — como intereses — valoradas a mercado cuando las recibes, y tributan en la base del ahorro (19-30%). Cuando más tarde vendas esas monedas, la diferencia sobre ese valor será además ganancia o pérdida patrimonial.
- Airdrops: se consideran, con carácter general, ganancia patrimonial por su valor de mercado al recibirlos, integrándose en la base general.
- Minería: es actividad económica — alta censal, IRPF como actividad, en su caso IVA e incluso cotización — un régimen totalmente distinto que requiere asesoramiento específico.
El modelo 721: informar de lo que tienes fuera
Además de pagar por lo que ganas, existe una obligación de informar de lo que tienes: el modelo 721 declara las criptomonedas situadas en el extranjero (custodiadas por exchanges o proveedores no españoles) cuando su valor conjunto supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente, y en años posteriores solo si el saldo crece en más de 20.000 euros o dejas posiciones.
Es una declaración informativa — no se paga nada por presentarla — pero su omisión conlleva sanciones. La duda clásica: las cripto en self-custody (tu propia hardware wallet) no encajan claramente en "situadas en el extranjero" y el criterio administrativo se ha ido perfilando; si estás en la frontera de los 50.000, consúltalo con un asesor antes que decidir por un hilo de X.
Hacienda ya lo ve: la era del reporte automático
El mito de la opacidad cripto está muerto. Los exchanges que operan en España ya suministran información de saldos y operaciones de sus clientes a la Agencia Tributaria, y desde 2026 el marco europeo DAC8 activa el intercambio automático de información sobre criptoactivos entre administraciones de la UE, en línea con el estándar internacional CARF. Traducción: las cartas informativas de Hacienda a titulares de cripto van a más cada campaña.
La estrategia sensata no ha cambiado nunca: registro completo de operaciones, declaración correcta y, ante errores pasados, regularización voluntaria — siempre más barata que la carta.
Más allá del IRPF: Patrimonio, donaciones y herencias
El IRPF no es el único impuesto que ve tus criptomonedas:
- Impuesto sobre el Patrimonio: las cripto computan por su valor de mercado a 31 de diciembre junto al resto de tus bienes. Que pagues o no depende del mínimo exento y las bonificaciones de tu comunidad autónoma (muy dispares entre territorios); a escala estatal existe además el impuesto a las grandes fortunas para patrimonios muy elevados. Si tu patrimonio total ronda los umbrales de tu comunidad, las cripto cuentan.
- Donaciones: regalar cripto a un familiar es una donación normal — tributa en el Impuesto de Donaciones para quien recibe y puede aflorar además ganancia patrimonial para quien dona si la moneda se revalorizó desde su compra. El "te paso unos ethers" entre familiares tiene más letra fiscal de la que parece.
- Herencias: las cripto se integran en la masa hereditaria por su valor a la fecha de fallecimiento. El problema práctico no suele ser fiscal sino operativo: sin semillas ni accesos documentados para los herederos, el patrimonio se pierde. Un protocolo de acceso en tu planificación sucesoria vale más que cualquier optimización.
Nada de esto debe asustarte: son las mismas reglas que aplican a acciones o inmuebles. La diferencia es que en cripto nadie te envía un extracto anual — el extracto lo construyes tú.
Lleva el registro desde hoy
El 90% del dolor fiscal cripto es reconstruir el histórico en abril. Exporta con regularidad los CSV de cada exchange, apunta las operaciones DeFi relevantes y considera una herramienta de tracking fiscal si superas unas decenas de operaciones al año. Tu yo de la próxima primavera te lo agradecerá — y en la guía de la declaración paso a paso tienes exactamente qué hacer con ese registro.